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La Audiencia Nacional condena a 24 años de cárcel al español que quemó viva a su novia en Venezuela

La Audiencia Nacional ha condenado a 24 años y medio de cárcel a Alejandro Iglesias Zurita por asesinar a su pareja Bárbara Miguel González quemándola viva durante una discusión que mantuvieron la noche del 29 de junio de 2009 en la localidad venezolana de El Tigre. Tras cometer el crimen, el acusado limpió las huellas del piso y compró unos billetes de avión para refugiarse en España.

La Sección Primera de la Sala de lo Penal ha considerado a Iglesias autor de un delito de asesinato y otro de malos tratos habituales y le ha impuesto la obligación de no comunicarse ni acercarse a menos de 500 metros a la familia de la víctima durante 33 años, así como al pago de una indemnización de 300.000 euros a los padres de Bárbara.

El tribunal ha considerado acreditado que el acusado mantenía una relación con Bárbara –que trabajaba como secretaria en la empresa del padre de Iglesias– desde el año 2004 y que durante los últimos meses eran constantes las «humillaciones, vejaciones y agresiones físicas» a las que sometía a su pareja.

Durante la noche del 29 de junio de 2009, ambos protagonizaron una «fuerte discusión» e Iglesias golpeó repetidamente a su novia, a quien estampó contra una pared y cuando estaba «conmocionada», colocó «boca arriba sobre la cama, vulnerable, indefensa y completamente desnuda y, tras rociarla con la gasolina, le prendió fuego, provocando que ardiera de manera casi inmediata al inflamarse aquel vertido sobre el cuerpo desnudo de la víctima».

Acto seguido, el acusado llevó a la mujer, aun con vida, a la clínica Santa Rosa, donde en un principio dijo «no conocer a la chica» insistiendo en abandonar el lugar, algo que le impidió el vigilante de seguridad. Cuando los médicos le preguntaron sobre las quemaduras que presentaba la joven, él respondió de manera «contradictoria y con evasivas».

EL HOSPITAL CERRÓ LAS PUERTAS PARA EVITAR QUE HUYERA

Esta actitud «sospechosa» llevó al personal de la clínica a poner los hechos en conocimiento de la Policía y a cerrar las puertas del hospital para evitar que huyera el acusado. Este fue detenido por los agentes aunque terminó siendo puesto en libertad por causas que se desconocen y están siendo investigadas por la Fiscalía venezolana.

Tras ello, volvió, esta vez acompañado por su padre, al apartamento del delito para hacer desaparecer las huellas y la ropa de la víctima. Estos vestigios, que guardó en una bolsa de plástico negra, fueron localizados en el vehículo del acusado cuando éste ya se había dado a la fuga tras comprar unos billetes de avión con destino a España.

Aunque el acusado dijo durante el juicio que solo era una amiga y negó haberla quemado y golpeado, el tribunal destaca que incurrió en «numerosas» contradicciones y que varios testigos confirmaron que eran pareja, que ella tenía «temor» a Alejandro y que esa noche escucharon «gritos de dolor» por parte de la joven.

Según declararon los padres de la víctima, el padre del acusado les reconoció que su hijo era «muy agresivo y violento, sobre todo cuando ingería alcohol» y les advirtió de que tenía «mucho dinero y poder económico y que si trataban de ejercer alguna acción contra ellos, iría al consulado de España puesto que no permitiría que le sucediera nada a él ni a su hijo».

La defensa del acusado se quejó del juicio «sui generis» celebrado en España a través de videoconferencia. Sin embargo, el tribunal niega que se haya vulnerado su derecho de defensa ya que ha podido interrogar de manera «libre y extensa» a todos los comparecientes, según expone en su resolución, de la que ha sido ponente el magistrado Fermín Echarri.
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