La Sala Segunda del Tribunal Supremo ha unificado doctrina respecto de la toma de muestras de ADN en sede policial.
Según el Tribunal Supremo los magistrados han acordado que la toma biológica de muestras de ADN con el consentimiento del detenido o imputado necesita la asistencia de letrado, o en su defecto, autorización judicial.
Sin embargo, se considerará ajustado a derecho el contraste de aquellas muestras obtenidas en la causa objeto de enjuiciamiento con los datos obrantes en las bases de datos policiales, proveniente de una causa distinta, aunque no conste la asistencia de abogado, cuando el acusado no ha cuestionado la licitud y validez de estos hechos durante la fase de instrucción de la causa.