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Absuelto porque el Juzgado se «olvidó» de su causa

La Audiencia Provincial de Murcia ha revocado la resolución de un Juzgado de lo Penal de Lorca que condenó a un empresario por alzamiento de bienes al declarar que los hechos estaban prescritos.

La sentencia revocada declaró probado que como consecuencia de unos trabajos de pintura que se llevaban a cabo en un inmueble, se produjo un accidente en el que uno de sus trabajadores falleció y otro resultó con heridas graves. Y añadía que a sabiendas de que la causa penal abierta por el suceso podría acabar con la condena al pago de las indemnizaciones correspondientes, llevó a cabo diversas maniobras para quedarse sin el patrimonio con el que hacerles frente.

La sentencia derivada del accidente laboral que concluyó con la condena al pago de 154.000 euros a la viuda e hijo del fallecido y de 129.000 euros al herido.

El Juzgado afirmó igualmente que «dichos perjudicados no han podido cobrar sus indemnizaciones ante el impago del acusado y la inexistencia de bienes de su patrimonio, motivada por las transmisiones simuladas que llevó a cabo».

La sentencia lo condenó a seis meses de cárcel y multa de 1.090 euros. Afirma la Sala que la prescripción se desencadenó porque la causa estuvo paralizada más de tres años.
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